42 Confirman sentencia de 5 años contra Mario González, sin prueba alguna ~ Anon Público

300x250 AD TOP

viernes, 21 de marzo de 2014

Confirman sentencia de 5 años contra Mario González, sin prueba alguna




La Quinta Sala Penal del Distrito Federal, confirmó hoy la sentencia de cinco años y siete meses de prisión a Jorge Mario González García, detenido el pasado 2 de octubre.

A pesar de la denuncia de irregularidades por parte de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) así como de diferentes organizaciones defensoras de derechos humanos, la decisión de los magistrados capitalinos, confirmó la sentencia dictada el 7 de enero, por la juez, Marcela Ángeles Arrieta.

González García, ha participado activamente en un movimiento universitario que se opone a las reformas del rector José Narro Robles, razón por la que fue objeto de amenazas y ataques perpetrados por personal de seguridad de la UNAM. Meses antes de su aprehensión, el joven fue expulsado por un tribunal universitario.

Jorge Mario González se ha convertido en un referente de criminalización por su formación anarquista, de acuerdo a los señalamientos de diferentes organizaciones y colectivos.

A raíz de su detención y sentencia, las irregularidades documentadas, han adquirido notoriedad internacional, e inclusive, intelectuales con amplio reconocimiento como Noam Chomsky, se han pronunciado por su liberación por considerarlo “preso de conciencia”.

Familiares, amigos y numerosos colectivos se solidarizaron con el joven, exalumno del Colegio de Ciencias y Humanidades-Naucalpan, y repudiaron esta tarde la confirmación de la sentencia, luego de la serie de argumentos e irregularidades que se hicieron del conocimiento de la sala penal.

Desde la semana pasada, en un pronunciamiento dirigido a la sala penal que desahoga la toca 273/2014, se denunciaron también las violaciones de garantías y se pidió la liberación de Jorge Mario. El documento fue firmado por 30 organizaciones nacionales y europeas, así como por decenas de ciudadanos en lo individual.

Además, los agravios identificados por la CDHDF, fueron informados también al tribunal. A través de un oficio fechado el 13 de marzo, la Primera Visitaduría de dicho organismo, pidió a la magistrada Cecilia Marin Sasaki, que tomara en consideración las irregularidades registradas en el proceso de Jorge Mario.

“Las investigaciones han arrojado diversas irregularidades en la detención y el uso de la fuerza por parte de las autoridades participantes”, expuso el oficio que consta de 3 anexos en los que se pormenorizan las irregularidades detectadas por el organismo.

Los señalamientos de la CDHDF se refieren a conductas arbitrarias, tanto de policías como de ministerio público, y la juzgadora que, en primera instancia, incurrieron en una cadena de actos arbitrarios con el propósito de mantener a Jorge Mario preso.

Organismos denuncian irregularidades

Las irregularidades fueron también notificadas a los integrantes de la Quinta Sala Penal, a través del recurso Amicus curiae, una fórmula de colaboración en la que un tercero que no es parte en juicio, aporta pruebas y consideraciones a fin de facilitar a la instancia juzgadora elementos que contribuyan a la solución de un juicio.

En este caso, la mencionada fórmula jurídica fue suscrita por la Liga Mexicana de Derechos Humanos; la Red Universitaria de Monitores de Derechos Humanos; la Asociación de Padres de Detenidos y Desaparecidos, y el Observatorio Nacional de Prisiones, es decir, organizaciones ciudadanas defensoras de derechos humanos.

Desde su exposición de motivos, el recurso establece la consideración de que, el de Jorge Mario, es “un caso paradigmático de los problemas estructurales y deficiencias que siguen imperando en la procuración e impartición de justicia”.

En sus consideraciones, los organismos antes mencionados hicieron saber a la sala penal, que el proceso y la sentencia realizada por la juez Marcela Ángeles Arrieta, constituye un incumplimiento de las garantías judiciales contempladas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros ordenamientos cuya vulneración suponen la negación de la justicia interna.

El documento menciona las condiciones en que se dio la detención de Jorge Mario, a la que califican de inconstitucional. Como se recordará, Jorge Mario fue detenido cuando viajaba a bordo de un autobús de transporte público, el 2 de octubre, en la esquina de 5 de Mayo e Isabel La Católica, en el Centro Histórico capitalino.

Detenido junto con otras diez personas, fue transportado con rumbo desconocido y durante cuatro horas fue sujeto de tortura, entre las que se incluyen descargas eléctricas y golpes en distintas partes del cuerpo.

Después de 36 horas incomunicado en la agencia 44 del ministerio público del Distrito Federal, fue internado en el Reclusorio Oriente a pesar de que el delito que se le imputaba no era grave y tenia derecho a fianza, algo que por otra parte, no fue notificado a sus defensores y familiares.

En el Reclusorio Oriente, sin la presencia de abogado y en un lugar distinto al del juzgado, la juez Marcela Ángeles Arrieta tomó su declaración preparatoria y fijo una fianza en más de 130 mil pesos que fueron cubiertos por una afianzadora.

El 8 de octubre, todos los detenidos lograron salir, pero Jorge Mario fue reaprehendido por policías judiciales que lo arrastraron, le cubrieron el rostro y lo volvieron a golpear. Un día después, la juez Arrieta informó que revocó su libertad por considerarlo “socialmente peligroso” y podía escapar.

Los elementos argumentados por la juez, fueron que se cambió el nombre al momento de su detención y que había sido sentenciado por robo simple, sin considerar que en el proceso, el joven había dado su nombre real y que la sentencia ya había sido compurgada.

Durante 56 días, Jorge Mario se mantuvo en huelga de hambre, pero sometido a presiones, chantajes, insultos y castigos del personal penitenciario y judicial, que entre otras cosas, implicó dejarlo sin agua para beber durante varios días, mantenerlo en la oscuridad por cinco días e infligirle castigos por no ser obediente.

Para justificar los tratos crueles, los custodios penitenciarios decían que rompía los focos, que olía mal y que “no era obediente”, lo que en realidad se refería a su negativa de cubrir pagos y sobornos para usar el teléfono o recibir visitas entre otros servicios.

Entre las violaciones a garantías en el caso de Jorge Mario, los organismos destacan los derechos a la libertad y seguridad personal; a la integridad personal; a la libertad de pensamiento y expresión y, a la plena participación social y política.

La falta de pruebas

Las acusaciones que pesaron en contra de Jorge Mario González y la consecuente sentencia se caracterizan por la falta de pruebas. Desde octubre, Apro y la revista Proceso, han dado a conocer en diferentes ocasiones desde las primeras etapas procedimentales, hasta la sentencia emitida los primeros días de enero, que el ministerio público no pudo probar ninguna de las imputaciones.

El amicus curiae también hace alusión a lo anterior al recordar que el ministerio público presentó una serie de objetos como “pruebas” sin acreditar que hayan sido lanzados por Jorge Mario. Aun peor. No existe denuncia, testimonial ni peritaje que establezca que se causaron daños.

Además, las cámaras de vigilancia del gobierno capitalino, no registraron ningún cohetón, detonación ni daño. Y, por si fuera poco, peritos de la procuraduría capitalina, determinaron que no había registro de ningún daño como afirmaba el ministerio público.

Si no había daños, personas o inmuebles agraviados, es imposible que se concluya que hubo ataques a la paz pública, expusieron en el documento las organizaciones.

“Consideramos que se han violado las garantías judiciales del sentenciado Jorge Mario González García, en cuanto a la posibilidad de acceder a un juicio justo, seguido ante tribunales imparciales. Además, las diversas irregularidades en el expediente de mérito permiten suponer que nos hayamos frente a una duda razonada sobre la culpabilidad del quejoso”, concluyeron.

Con todo, la Quinta Sala Penal, confirmó hoy la sentencia, en tanto su defensa anunció que demandará un amparo contra los actos de autoridad que violentaron sus garantías, desde su detención hasta la conducción del proceso que, en apelación, mantiene al joven preso.

Proceso



0 comentarios:

Publicar un comentario